La Federación Andaluza de Ciclismo realiza un comunicado con recomendaciones

La Federación Andaluza de Ciclismo ha emitido un comunicado después de que este jueves el Gobierno de España informara sobre las pautas esenciales para poder realizar la práctica deportiva a partir del 2 de mayo en las medidas de desescalada planteadas ante el Covid-19. Dentro del espacio que a la FAC le concierne, recuerda los siguientes puntos:

  • Lugares permitidos: la vía pública, espacios naturales y zonas verdes autorizadas. No está permitido en acceso a instalaciones deportivas cerradas. Evita espacios concurridos.
  • Para evitar aglomeraciones, la orden replantea el uso del espacio público a favor de los que caminan y van en bicicleta, en ese orden de prioridad.
  • La actividad debe ser de manera continuada, en caso de necesidad de parar, esta parada será la mínima necesaria.
  • El BOE recomienda mantener una distancia de al menos 2 metros. Para los ciclistas recomendamos, siguiendo indicaciones de la Junta de Andalucía, que se mantenga un distanciamiento de unos 20 metros en beneficio del ciclista y del resto de usuarios de la vía.
  • La actividad física al aire libre no se podrá realizar si estás con síntomas, aislamiento domiciliario o en cuarentena.
  • Para ciclistas federados y usuarios del carnet ciclista: el seguro de la licencia y del carnet ciclista cubrirá las salidas a partir del día 2 de mayo siempre y cuando se cumplan con lo anteriormente expuesto y publicado por la autoridad competente.

En cuanto a los entrenamientos de los deportistas profesionales, federados y de alto nivel, que el Gobierno anunció el pasado martes, seguimos a la espera del BOE que los regule. Estos entrenamientos, según publicó ayer el Consejo Superior de Deportes en su web (ver aquí), están previstos para el  día 4 de mayo. Por tanto, hay que esperar que el Gobierno lo regule para ver en qué condiciones pueden entrenar estos deportistas y si se contempla en este grupo a todos los federados.

Se puede ampliar la información sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril. https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4767.pdf.

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